CASO 1: Una sociedad anónima presenta los siguientes saldos…
CASO 1: Una sociedad anónima presenta los siguientes saldos al 31/12/2017: Capital autorizado $ 500.000.000 (valor nominal $ 500 cada una) Acciones emitidas $ 25.000.000 Acciones suscritas $ 37.500.000 Sobreprecio colocación acciones $ 15.240.000 Dividendos provisorios $ 5.700.000 (pagados en nov-2017) Reserva futuras capitalizaciones $ 36.987.000 Resultados acumulados $ 11.258.000 (saldo acreedor) Utilidad del ejercicio 2017 $ 45.000.000 20/02/2018 Los accionistas pagan el 60% de las acciones suscritas, el pago es el mismo día a un valor de $570 cada una. 25/03/2018 Se suscriben el 50% de las acciones emitidas. Se pagan el 28/03/2018 a un valor de $ 520 cada una. 10/04/2018 Se realiza la junta ordinaria de accionistas y deciden realizar la siguiente distribución de utilidades: mínimo legal a dividendos definitivos, 25% a reserva futuras capitalizaciones, 35% a reserva futuros dividendos y el saldo se mantiene en resultados acumulados. 15/04/2018 Se pagan los dividendos distribuidos. ¿En qué momento se reconoce el sobreprecio por la colocación de acciones?